El Concejo Deliberante de Las Heras exigio a la Gobernadora eximir...

El Concejo Deliberante de Las Heras exigio a la Gobernadora eximir del pago del impuesto a los Ingresos Brutos a los comerciantes mientras este la emergencia sanitaria

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En el dia de la fecha el Vicepresidente 1° Sr.Mercado Cristian, a cargo del Honorable Concejo Deliberante de Las Heras y haciendo uso de sus atribuciones presenta nota de pedido de la Camara de Comercio, mediante Resolucion N° 049/2021, acompañando a la Resolucion N° 046/2021, presentada por la Concejal Sra. Yapura Andrea, con fecha (28-05-2021), al Gobierno Provincial de Santa Cruz, en la persona de la Sra. Gobernadora Dra. Kirchner Alicia Margarita.
Visto la nota presentada por la cámara de Comercio local y la preocupacion de los comerciantes de la Localidad .
Es por ello que considera, que la Cámara de Comercio de la Localidad presento una nota para elevar a Provincia, demostrando sus descontento y preocupación por las medidas para ingerir la ola de contagios, la cual refleja la realidad local e intensifica la crisis económica.
La situación del país golpeo muy fuerte la economía local desde inicio de la pandemia y las restricciones incrementaron la crisis.
Los comerciantes de nuestra localidad se niegan a cerrar sus puertas nuevamente basadas en las medidas , dispuestas en base a los Decretos Provinciales y Nacionales, como ser el Decreto Provincial N° N° 582/2021, el cual no refleja la realidad epidemiológica de la Localidad.
El citado instrumento legal, en su parte reza los siguiente: ARTICULO N ° 1: SOLICITAR, al Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, en la persona de la Sra. Gobernadora Dra. Kirchner, Alicia Margarita, tenga en consideración la petición de la Cámara de Comercio de Las Heras.
ARTICULO N° 2: SOLICITAR , al Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, a la Sra. Gobernadora Alicia Kirchner, en cumplimiento de sus funciones lleve a cabo la realización de testeos masivos en Las Heras, a través del PLAN DETECTAR, con el fin de obtener un panorama claro de la situación epidemiológica y mediante el Ministerio de Salud y Ambiente de la Provincia agilizar el plan de vacunación local.-
ARTICULO 3°: instar, A LA Provincia eximir del pago del impuesto a los Ingresos Brutos a los comerciantes por el periodo que dure la contingencia sanitaria.-
ARTICULO 4°: DESE DIFUSIÓN por todos los medios de comunicación radial, televisiva y redes sociales.-
ARTICULO 5°: REFRENDARÁ el presente la Secretaria Legislativa.
ARTICULO 6°: COMUNÍQUESE al Gobierno Provincial, al Departamento Ejecutivo Municipal, y demás dependencias que correspondan, regístrese y cumplido ARCHÍVESE. –
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